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Derecho a comunicar. Documentos importantes para Onda Color
Written by Programacion on 1 February 2013
Los temas legales a veces son un poco pesados y complejos. Con los siguientes sonidos pretendemos mostrar el problema de garantía del derecho a comunicar que sufren las personas que integran los medios comunitarios en Andalucía y España.
Las radios comunitarias andaluzas y españolas, como Onda Color, reivindicamos que se haga efectivo -y que el Estado de Derecho garantice- el derecho de la ciudadanía a comunicar recogido en el artículo 20 de la Constitución Española y el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Defendemos esto porque llevamos años posibilitando este derecho y además así lo reconocen diversos organismos internacionales.
Derecho a comunicar de la ciudadanía en medios comunitarios y a gestionarlos
- En marzo de 2010 se promulgó la Ley General Audiovisual, que reconoce por primera vez en una norma de rango estatal la existencia de medios de comunicación comunitarios. Puede consultar lo estipulado para medios de comunicación comunitarios en los artículos 4, 32 y disposición transitoria 14ª, en las páginas 10, 26 y 47, respectivamente. Anteriormente, el Gobierno estuvo tramitando el anteproyecto de Ley General Audiovisual contra el que la Red de Medios Comunitarios (ReMC) emprendió todo tipo de medidas para que recogiera de una forma más digna a los medios comunitarios. Los límites para los medios comunitarios recogidos en esta ley han sido criticados en los dictámenes del Consejo de Estado y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (página 51 y siguientes) advirtieron al Gobierno que los límites establecidos a los medios comunitarios no estaban justificados.
- El borrador de reglamento de Servicios de Comunicación Comunitarios de la Ley General Audiovisual, necesario para que puedan aplicarse muchas de sus disposiciones, es un auténtico ataque contra el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, ya que reduce al ridículo el tamaño de la cobertura de las radios y televisiones comunitarias.
- Como leyes de referencia, consideramos buenos ejemplos que se aproximan a los 14 principios de AMARC las leyes sobre medios comunitarios de Argentina y de Uruguay.
- DECRETO 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios. Este decreto está regulado, para el caso de las radios culturales y comunitarias, por una orden de 2003 que se detalla abajo. Tras la aprobación de la Ley General Audiovisual tiene una difícil aplicación práctica.
- ORDEN de 24 de septiembre de 2003, por la que se regula el procedimiento de concesión de emisoras culturales de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tras la aprobación de la Ley General Audiovisual tiene una difícil aplicación práctica.
- La Red de Medios Comunitarios ha elaborado un documento desmontando 7 mitos legales sobre las emisoras comunitarias.
- Resolución del Parlamento europeo sobre medios de comunicación comunitarios de septiembre de 2008.Todas las administraciones españolas (comunidades autónomas y Gobierno) incumplen la resolución.
- Informe del Parlamento Europeo sobre los medios comunitarios en España y otros puntos de Europa de septiembre de 2007.
- El Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó en 2009 una declaración sobre el rol de los medios comunitarios para promover la cohesión social y el diálogo intercultural.
- Declaración de los relatores de libertad de expresión de la ONU, la OSCE y otros organismos internacionales sobre la necesidad de que se potencien los medios comunitarios. Todas las administraciones españolas (comunidades autónomas y Gobierno) incumplen la declaración.
- Declaración de Maputo sobre Promover la Libertad de Expresión, el Acceso a la Información y la emancipación de las Personas de mayo de 2008 sobre la importancia de los medios comunitarios, entre otros aspectos.
- Principios de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) sobre las características que debe tener una legislación adecuada sobre medios comunitarios. Todas las administraciones españolas (comunidades autónomas y Gobierno) incumplen estos principios. Estos principios forman parte de las recomendaciones de las Naciones Unidas para la legislación audiovisual (recomendación nº 122 del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en Ginebra, 2010, documento A/HRC/14/23 sobre la aplicación de los 14 principios para un marco regulatorio democrático sobre radio y televisión comunitaria, ver páginas 12, 13 y 20).
- Declaración del Foro Europeo de Medios Comunitarios (CMFE) a favor de los Medios Comunitarios en España (2009).
- En 2007, el Gobierno argumenta en esta respuesta parlamentaria que la legislación previa a la Ley Audiovisual de 2010 no impedía a las comunidades autónomas conceder licencias de radio a las entidades sin ánimo de lucro.
- Informe entregado en dos ocasiones al Consejo Audiovisual de Andalucía sobre la precaria situación de las radios comunitarias andaluzas por parte de la Red de Medios Comunitarios. A la espera de respuesta.
- El Defensor del Pueblo Andaluz ha examinado la situación de las radios comunitarias en Andalucía, pero no ha entrado al fondo de la cuestión (que es una decisión política la que impide el desarrollo del derecho a comunicar de los ciudadanos, no un problema técnico-legal, como argumentan la Junta de Andalucía y casi todas las comunidades autónomas). Únicamente ha incluido el caso en el informe al Parlamento de Andalucía 2007 (página 162 y siguientes). Tras consultar al Gobierno, el Ejecutivo respondió al Defensor que es posible la concesión de frecuencias a radios sin ánimo de lucro(como argumentamos desde hace años). Estamos a la espera de saber qué va a hacer el Defensor tras esta respuesta. Nosotros le hacemos una serie de propuestas de actuación.
- Leyes Audiovisuales de América Latina: Argentina, Uruguay, Ecuador, Bolivia.
Consulta el blog sobre legislación de la Red de Medios Comunitarios
Derecho de acceso a los medios de comunicación públicos
Uno de los objetivos de Onda Color es profundizar en el protagonismo de la ciudadanía en los medios de comunicación con el objetivo de reforzar la democracia y la soberanía de las personas. Consideramos a los medios de comunicación públicos como aliados en esta tarea. Por ello, apostamos por la potenciación y la regulación con criterios no arbitrarios del derecho de acceso directo de la ciudadanía a las radios y televisiones públicas previsto en el artículo 211.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía y en el artículo 20.3 de la Constitución Española. Algunos ejemplos en los que la sociedad debe implicarse para mejorarlos:
- Derecho de acceso a RTVE, reglamento y directices básicas.
- Derecho de acceso a RTVA (artículo 33 del Estatuto de RTVA).
La implantación de Onda Color en Palma Palmilla
- Protocolo por el que se traslada Onda Puerto Radio (OPR) a Palma Palmilla, como fruto de la reivindicación vecinal de una radio comunitaria en la zona y de la búsqueda de un nuevo emplazamiento por parte de OPR en el que seguir desarrollando un proyecto comunicativo comunitario. Posteriormente recibiría el nombre de Onda Color mediante un concurso público.